Marketing e impuestos: El Día sin IVA

Captura de pantalla 2013-06-03 a la(s) 10.14.57Como viene siendo habitual durante los últimos años, Media Markt y otras distribuidoras como El Corte Inglés ponen en marcha una de sus campañas promocionales y de reclamo publicitario más relevantes de la temporada: “El día sin IVA”.

Muchos compradores aprovecharán este día para hacer sus compras, beneficiándose de los siempre apetecibles descuentos. Sin embargo, ¿sabemos los consumidores en qué consiste una campaña de descuento del IVA?

En primer lugar, y para tranquilizar a todos aquellos ciudadanos preocupados de nuestro déficit público y la recaudación del Estado, hay que decir que aunque el establecimiento les descuente un importe equivalente al IVA, ellos no dejarán de pagar el impuesto en el precio final del producto. Lógicamente, por muy buena campaña publicitaria que haga, ninguna empresa podrá dejar de repercutir legalmente el IVA al consumidor final y encargarse de ingresarlo en la Hacienda Pública.

En segundo lugar, será conveniente conocer qué descuento nos va a aplicar el vendedor cuando nos promete todo un día sin IVA. Los consumidores sabemos que el tipo impositivo del IVA para la mayoría de productos es del 21%, tras la subida aplicada por el Gobierno el año pasado. La primera tentación es por tanto pensar que si nos descuentan el IVA del producto nos descontarán el 21% del precio que tenía antes de la promoción. Es decir, si por ejemplo un iPod nos costaba 100€, nos harán un descuento de 100 X 0,21=21€.

Sin embargo, nada más lejos de la realidad… El descuento que nos aplicarán es sustancialmente menor. Esto se debe a que el IVA no se calcula sobre el precio final de un producto, sino por un concepto intermedio del que muchos consumidores se olvidan o simplemente desconocen y que no es otro que la denominada base imponible. La definición y composición de esta base imponible se encuentra en el artículo 78 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, pero a un nivel muy básico, podemos entenderla como el precio de venta que marca el vendedor, sin restarle los descuentos que nos pueda hacer, y lógicamente sin aplicarle todavía el IVA. Así, tenemos que:

Precio final = Base imponible + IVA;

siendo el IVA = Base imponible X 0,21.

Desarrollando la ecuación: Precio final = Base imponible + (Base imponible X 0,21)

Y sacando factor común: Precio final = Base imponible X (1 + 0,21) = Base imponible X 1,21.

Así vemos como para obtener la base imponible de un determinado producto a partir de su precio final tendremos que hacer el siguiente cálculo:

Base imponible = Precio final / 1,21.

Volviendo a la compra de nuestro iPod, comprobamos como el descuento que se nos aplica es claramente inferior a ese intuitivo 21%:

100 / 1,21 = 82,64€ es la base imponible o el precio de nuestro iPod sin IVA.

100 – 82,64€ = 17,36€ es el descuento que nos aplicará en realidad el vendedor.

Vemos por tanto como el descuento en porcentaje que se nos aplica sobre el precio final es del 17,36% y no del 21% como nuestro subconsciente y algunos torticeros mensajes publicitarios nos incitan a pensar.

El juego del marketing y los impuestos no termina en esta técnica ni mucho menos. Resulta más palpable por nuestro subconsciente y sobretodo por nuestro bolsillo la paulatina subida de precios que han experimentado la mayoría de productos en los supermercados antes de la reciente subida del IVA del 18% al 21%, para a partir de su entrada en vigor proclamar a los cuatro vientos que no se iban a tocar los precios. Otra técnica frecuente es la reducción en la cantidad de producto vendido manteniendo el precio (por ejemplo envases de 10 mililitros menos de capacidad) o directamente la subida generalizada en los precios del producto antes de aplicar la oferta. Además hay que tener en cuenta los perniciosos efectos para nuestros bolsillos que tienen otras prácticas habituales como el redondeo o la simplificación de precios.

Imagen | Día sin IVA de Mediamarkt